A- de 2019
Ponente Alberto Rojas Ríos
✓Demandante William Javier Duarte Ruiz·Demandado Juzgado Promiscuo Municipal De Quipile
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Las reglas de reparto no generan conflictos de competencia en materia de tutela
- Competencia de autoridad judicial a quien primero fue repartida o ante quien se accionó
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Facatativá (Cundinamarca) y el Juzgado Segundo Civil del Circuito del mismo municipio.
En este asunto sólo se configuró un conflicto aparente de competencia.
Esto, porque el juzgado administrativo invocó las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1382 de 2000 para abstenerse de conocer la solicitud de amparo y emitir un pronunciamiento de fondo.
Considera la Corte que con dicha actuación la mencionada autoridad aplicó indebidamente las reglas de reparto y quebrantó los principios de celeridad y eficiencia que deben permear las actuaciones de la administración de justicia, en detrimento además, de los derechos fundamentales del accionante.
Se dirime la controversia con la remisión del expediente al Juzgado Segundo Administrativo Oral del Circuito de Facatativá, para que de manera inmediata tramite y profiera la decisión de fondo a que haya lugar.
Se hace una advertencia a este despacho para que en lo sucesivo se abstenga de invocar causales de incompetencia con fundamento en las reglas de reparto contenidas en el Decreto 1382 de 2000, en tanto desconoce la jurisprudencia reiterada y vinculante de esta Corporación.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- Primero. DEJAR SIN EFECTOS el Auto proferido el 12 de septiembre de 2019 por el Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Facatativa (Cundinamarca), dentro de la accion de tutela instaurada por el ciudadano William Javier Duarte Ruiz en contra del Juzgado Promiscuo Municipal de Quipile (Cundinamarca).
- Segundo. REMITIR el expediente ICC-3758 al Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Facatativa (Cundinamarca), para que inicie el tramite y profiera la decision de fondo a que haya lugar, de conformidad con lo previsto en el articulo 86 la Constitucion Politica y el Decreto 2591 de 1991.
- Tercero. ADVERTIR al Juzgado
- Segundo. Administrativo Oral del Circuito de Facatativa (Cundinamarca) que, en lo sucesivo, se abstenga de promover conflictos de competencia con fundamento en las reglas de reparto del Decreto 1382 de 2000 y sus modificaciones, a fin de eliminar las barreras en el acceso a la administracion de justicia y garantizar el goce efectivo de los derechos fundamentales.
- Cuarto. Por la Secretaria General de la Corporacion, COMUNICAR al Juzgado
- Segundo. Civil del Circuito de Facatativa (Cundinamarca) y a la parte accionante, la decision adoptada en esta providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.